Periodo de prueba: cuánto dura y qué derechos tienes

Los primeros meses en un nuevo empleo tienen reglas especiales. Te explicamos cuánto duran, qué derechos conservas y desde cuándo estás protegido contra el despido arbitrario.

Trabajo · Publicado el 27 de octubre de 2026 · Actualizado el 29 de octubre de 2026 · Por la redacción de Qhantiy Soft · 4 min de lectura

El periodo de prueba es el tiempo inicial en que el empleador evalúa si te adaptas al puesto y tú evalúas si el trabajo te conviene. Está regulado por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 728 y su reglamento. Durante ese tiempo eres un trabajador con todos los derechos, salvo uno: la protección contra el despido arbitrario.

¿Cuánto dura?

Tipo de trabajadorDuración máxima
Regla general3 meses
Trabajadores calificados o de confianzaHasta 6 meses
Personal de direcciónHasta 1 año

Los 3 meses se aplican automáticamente, aunque el contrato no lo diga. La ampliación a 6 meses o a 1 año, en cambio, debe pactarse por escrito y justificarse por la naturaleza del puesto. Si el contrato no la menciona, el periodo de prueba es de 3 meses.

Tus derechos durante la prueba

Estar a prueba no te convierte en un trabajador «de segunda». Desde el primer día te corresponde:

  • Estar en planilla, con boleta de pago y registro en el T-Registro de SUNAT.
  • Una remuneración no menor al sueldo mínimo si trabajas jornada completa.
  • Cobertura de EsSalud y aportes a tu AFP u ONP.
  • Gratificación y CTS proporcionales, que empiezan a calcularse desde el primer mes completo trabajado.
  • Pago de horas extra, asignación familiar y descanso semanal.
  • Vacaciones truncas si el vínculo termina después de al menos un mes completo de servicios.

¿Me pueden despedir sin causa durante la prueba?

Sí. Mientras no superes el periodo de prueba, el empleador puede terminar la relación laboral sin expresar una causa y sin pagar indemnización por despido arbitrario. Sí debe pagarte tu liquidación: días trabajados, gratificación trunca, CTS trunca y vacaciones truncas, según corresponda. Puedes estimarla con la calculadora de liquidación.

Hay un límite importante: aunque estés a prueba, el despido no puede ser discriminatorio o por motivos prohibidos, como el embarazo, la afiliación a un sindicato o haber presentado una queja. Esos despidos son nulos en cualquier momento.

Cuando superas la prueba

Una vez cumplido el periodo de prueba, el empleador solo puede despedirte por una causa justa relacionada con tu conducta o capacidad, siguiendo el procedimiento legal. Si no lo hace, te corresponde la indemnización por despido arbitrario o, en ciertos casos, la reposición.

¿Y si vuelvo a trabajar en la misma empresa?

En caso de reingreso, no corresponde un nuevo periodo de prueba, salvo que pases a un puesto notoria y cualitativamente distinto o que hayan transcurrido 3 años desde tu cese. Esta regla evita que una empresa encadene contratos con periodos de prueba sucesivos para no darte estabilidad.

¿Y en un contrato temporal?

Los contratos a plazo fijo también tienen periodo de prueba. Si tu contrato dura menos de 3 meses y te despiden antes de que termine, normalmente no te corresponde indemnización, porque no llegaste a superar la prueba. Si se renueva y superas los 3 meses en total, quedas protegido. Lee más en tipos de contrato de trabajo.

Consejos para superar el periodo de prueba

  • Pregunta desde el inicio qué se espera de ti y cómo se medirá tu desempeño.
  • Pide retroalimentación a tu jefe al mes y a los dos meses, no al final.
  • Anota tus logros y las tareas que resolviste: te servirán si hay una evaluación.
  • Revisa tu primera boleta para confirmar que estás en planilla y con los aportes correctos.

En video

Una asesoría de la SUNAFIL sobre la duración del periodo de prueba y sus excepciones.

Video: «¿Cuánto dura el periodo de prueba de un trabajador?», de SUNAFIL en YouTube. Si menciona montos de años anteriores, los vigentes son los de este artículo.

Preguntas frecuentes

¿El periodo de prueba se paga igual?

Sí. Recibes la remuneración pactada desde el primer día. No existe un «periodo de prueba sin pago» en el régimen laboral privado.

¿Puedo renunciar durante la prueba?

Sí. La regla general de preaviso de 30 días se aplica también en este periodo, aunque puedes pedir que te exoneren de él.

¿Las prácticas preprofesionales cuentan como periodo de prueba?

Por lo general, no. Las prácticas son una modalidad formativa, no un contrato de trabajo, por lo que su duración no se suma a la relación laboral. Aun así, el desempeño que mostraste como practicante suele pesar mucho cuando la empresa decide contratarte.

Artículo informativo sobre el régimen laboral privado peruano. Para una situación concreta, consulta al Ministerio de Trabajo o a un abogado laboralista.