Sueldo mínimo en Perú 2026: S/ 1 230 desde octubre y qué cambia

La remuneración mínima vital subió de S/ 1 130 a S/ 1 230 y se prevé un nuevo aumento a S/ 1 300 en 2027. Te explicamos a quién alcanza y qué otros pagos se mueven con ella.

Trabajo · Publicado el 27 de octubre de 2026 · Actualizado el 29 de octubre de 2026 · Por la redacción de Qhantiy Soft · 3 min de lectura

La remuneración mínima vital (RMV) es el monto más bajo que un empleador puede pagar a un trabajador del sector privado que cumple una jornada completa. Mediante el Decreto Supremo N.° 015-2026-TR, publicado el 28 de septiembre de 2026, el Gobierno la elevó a S/ 1 230 a partir del 1 de octubre de 2026.

Cuánto es y desde cuándo

PeriodoSueldo mínimo
Mayo de 2022 a diciembre de 2024S/ 1 025
Enero de 2025 a septiembre de 2026S/ 1 130
Desde el 1 de octubre de 2026S/ 1 230
Primer semestre de 2027 (previsto)S/ 1 300, mediante un nuevo decreto supremo

El segundo tramo, de S/ 70 adicionales, se aplicará cuando se publique el decreto correspondiente. Hasta entonces, el monto vigente es S/ 1 230.

Gráfico: evolución del sueldo mínimo en Perú de S/ 1 025 a S/ 1 230 en octubre de 2026 y S/ 1 300 previsto para 2027
Evolución de la remuneración mínima vital.

¿A quién se aplica?

  • A los trabajadores del régimen laboral privado con jornada completa de 8 horas diarias o 48 semanales, o la jornada máxima de su centro de trabajo.
  • Incluye a quienes trabajan en micro y pequeñas empresas: la ley MYPE reduce algunos beneficios, pero no permite pagar menos del mínimo.
  • Incluye a las trabajadoras y trabajadores del hogar con jornada completa, que desde la Ley N.° 31047 tienen derecho a la RMV.
  • No alcanza directamente a quienes emiten recibos por honorarios ni a los servidores públicos de regímenes con escalas propias, aunque algunos montos del sector público toman la RMV como referencia.

¿Y si trabajo medio tiempo?

Si tu jornada es menor a la completa, el empleador puede pagarte un monto proporcional a las horas trabajadas. Por ejemplo, con 4 horas diarias, el mínimo sería la mitad: S/ 615. Ojo: con jornadas menores a 4 horas diarias en promedio, tampoco te corresponden CTS ni algunos otros beneficios.

Qué otros pagos cambian con la RMV

  • Asignación familiar: es el 10 % de la RMV, así que pasa de S/ 113 a S/ 123. Con el segundo tramo subiría a S/ 130. Más detalles en asignación familiar 2026.
  • Subvención de practicantes: los practicantes profesionales y preprofesionales con jornada completa deben recibir al menos una RMV; si su jornada es menor, la subvención es proporcional.
  • Gratificación, CTS y vacaciones: como se calculan sobre la remuneración, aumentan para quienes ganan el mínimo.
  • Otros montos referenciales: algunos topes y beneficios se calculan en función de la RMV, como ciertos límites de embargos o de prestaciones alimentarias.

Cuánto recibe realmente quien gana el mínimo

Con S/ 1 230 de sueldo bruto y sin asignación familiar:

  • Si aporta a la ONP (13 %): S/ 159,90 de descuento, recibe S/ 1 070,10.
  • Si aporta a una AFP con comisión sobre el sueldo (alrededor de 12,9 %): recibe alrededor de S/ 1 071.
  • No paga renta de quinta categoría, porque sus ingresos anuales no superan 7 UIT.

Puedes hacer el cálculo exacto en la calculadora de sueldo neto.

¿Qué hacer si te pagan menos?

  1. Revisa tu boleta de pago de octubre de 2026 en adelante: el sueldo básico de una jornada completa debe ser de al menos S/ 1 230.
  2. Pide por escrito a tu empleador la regularización, incluyendo la diferencia de los meses ya pagados.
  3. Si no responde, presenta una denuncia ante la SUNAFIL. No pagar la RMV es una infracción laboral que puede ser multada.

Preguntas frecuentes

¿El aumento es automático?

Sí. El decreto es obligatorio desde el 1 de octubre de 2026. El empleador no necesita firmar una adenda para pagar el nuevo mínimo.

¿Si gano S/ 1 200, me suben a S/ 1 230?

Sí, si trabajas una jornada completa. Ningún trabajador a tiempo completo del régimen privado puede ganar menos que la RMV vigente.

¿Si gano más del mínimo, también me suben?

No necesariamente. El decreto solo obliga a ajustar los sueldos que quedan por debajo del nuevo mínimo. Otros aumentos dependen de tu empleador o de la negociación colectiva.