Calcula tu CTS
Cálculo para el régimen laboral general. En la micro empresa inscrita en el REMYPE no corresponde CTS, y en la pequeña empresa equivale a 15 remuneraciones diarias por año (la mitad).
¿Qué es la CTS?
La Compensación por Tiempo de Servicios es un beneficio social que funciona como un seguro de desempleo: el empleador deposita cada semestre un monto en una cuenta a nombre del trabajador, en el banco o la caja que este elija. Está regulada por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 650.
Tienen derecho los trabajadores del régimen laboral privado que cumplan, en promedio, una jornada mínima de 4 horas diarias.
¿Cuándo se deposita?
| Periodo que se calcula | Fecha límite de depósito |
|---|---|
| 1 de noviembre al 30 de abril | 15 de mayo |
| 1 de mayo al 31 de octubre | 15 de noviembre |
Si el día 15 es inhábil, el plazo se traslada al siguiente día hábil.
La fórmula
Primero se obtiene la remuneración computable (RC):
RC = sueldo + asignación familiar + 1/6 de la gratificación recibida en el semestre
Para el depósito de mayo se toma 1/6 de la gratificación de diciembre; para el de noviembre, 1/6 de la gratificación de julio. Luego:
CTS = RC ÷ 12 × meses completos + RC ÷ 360 × días
Con 6 meses completos, la CTS equivale aproximadamente a media remuneración computable. Al año, sumando los dos depósitos, recibes alrededor de un sueldo y un sexto.
Ejemplo
José gana S/ 2 200 sin asignación familiar. En julio recibió una gratificación de S/ 2 200 y trabajó completo de mayo a octubre.
- 1/6 de la gratificación: 2 200 ÷ 6 = S/ 366,67
- Remuneración computable: 2 200 + 366,67 = S/ 2 566,67
- CTS: 2 566,67 ÷ 12 × 6 = S/ 1 283,33, que debe depositarse a más tardar el 15 de noviembre.
Si José hubiera ingresado el 16 de junio, tendría 4 meses completos (julio a octubre) y 15 días de junio: 2 566,67 ÷ 12 × 4 + 2 566,67 ÷ 360 × 15 = S/ 855,56 + S/ 106,94 = S/ 962,50. En ese caso, como no trabajó todo el semestre anterior, su gratificación de julio también habría sido proporcional y la RC sería menor.
¿Puedo retirar mi CTS?
Por regla general, la CTS es intangible mientras trabajas: solo puedes disponer libremente del monto que exceda cuatro remuneraciones brutas. Al terminar la relación laboral puedes retirar el 100 %. Además, la Ley N.° 32322 permite retirar libremente el 100 % de los depósitos hasta el 31 de diciembre de 2026, sin dejar de trabajar: se pide directamente al banco. Más detalles en CTS de noviembre 2026.
En video
La SUNAFIL, entidad que fiscaliza el cumplimiento de los derechos laborales, explica qué es la CTS y quiénes la reciben.

Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si mi empleador no deposita la CTS?
Debe pagar los intereses que habría generado el depósito y puede ser multado por la SUNAFIL. Puedes consultar tus depósitos en tu banco y presentar una denuncia si no aparecen después de la fecha límite.
¿Las faltas injustificadas descuentan CTS?
Sí. Las inasistencias injustificadas se restan del tiempo computable: cada falta reduce un treintavo del mes correspondiente.
¿Recibo CTS si trabajo con recibos por honorarios?
No. La CTS es un beneficio de los trabajadores en planilla. Si en la práctica cumples horario, recibes órdenes y trabajas de forma permanente, podrías tener una relación laboral encubierta y reclamar tus beneficios.
¿En qué banco me conviene tener la CTS?
Tú eliges la entidad y puedes cambiarla. Compara la tasa de interés que ofrece cada banco o caja para cuentas CTS y verifica que esté supervisada por la SBS.